
Parece ser que el estuario del Río de la Plata fue descubierto por el florentino Américo Vespucio en 1501. Pero, la ocupación del Río de la Plata, nombre que entonces se dio a la región de la que hoy son parte Argentina, Paraguay y Uruguay, la inició Juan Díaz de Solís a partir de 1516. Sin embargo, el poblamiento fue muy débil y tardaron décadas en asentarse contingentes de españoles. Sería Pedro de Mendoza quien, el 2 de febrero de 1536, fundase la primitiva ciudad de Santa María de los Buenos Aires, en la desembocadura de los ríos Paraná y Uruguay. Un año después, exactamente el 15 de agosto de 1537, fue Juan de Salazar quien erigió la ciudad de Asunción, en las proximidades del río Paraguay.
Tras los fallidos gobiernos de los adelantados Alvar Núñez Cabeza de Vaca y de Domingo Martínez de Irala, el 22 de julio de 1547, el Consejo de Indias acordó la capitulación por la que se nombraba tercer adelantado del Río de la Plata a un metelinense, Juan de Sanabria, que se comprometió a llevar cien familias y doscientos cincuenta solteros para poblar de una vez por todas el territorio. Sin embargo, falleció prematuramente y su esposa doña Mencía Calderón pidió que se pasara el cargo de adelantado a su hijo Diego, menor de edad, y que ella lo pudiese ejercer interinamente.

La armada zarpó de Sanlúcar de Barrameda el 10 de enero de 1550 y estuvo compuesta por tres naos. Entre el pasaje figuraban unas trescientas personas, de las cuales eran cincuenta mujeres, algunas casadas y otras solteras que embarcaron por disposición real para asentar el poblamiento. La hueste femenina era dirigida por Mencía Calderón Sanabria, viuda de Juan; con ella viajaban sus tres hijas María de 14 años, Mencía de 12 años y Francisca de 6 años. Otros tripulantes eran Cristóbal de Saavedra,Francisco Becerra y Juan de Salazar. La escuadra sufrió todo tipo de peripecias, aunque finalmente consiguió llegar a su destino.
Pues bien, la Corona, sospechando con razón, que los recién llegados podían encontrarse en graves dificultades, despachó una nao, La Concepción, propiedad de la propia Corona. Como maestre iría el vizcaíno Bartolomé de Ynsaurraga, que estaba avalado por Cristóbal Pérez de Ibarra y el piloto Jacome Luis. Se comprometía a llevar mercaderías de socorro al dicho territorio y traer en el tornaviaje lo que desde allí mandasen. Era el primer intento de establecer un contacto regular con un territorio bastante alejado de las zonas nucleares, es decir de Mesoamérica y el área andina.
Es verdad que el trayecto hasta el Río de la Plata era sumamente complicado y no sabemos mucho más de los avatares que pudo sufrir esta solitaria nao de refuerzo despachada en 1555.
Apéndice I
Obligación de Bartolomé de Ynsaurraga, Sevilla, 10 de junio de 1555.
Sepan cuantos esta carta vieren como yo Bartolomé de Ynsaurraga, vizcaíno, estante en esta ciudad de Sevilla, maestre del navío que Dios salve, nombrado la Concepción, que es de Su Majestad y está en el río de Guadalquivir de esta ciudad de Sevilla, para ir de socorro a las provincias del Río de la Plata, como principal obligado, y yo Cristóbal Pérez de Ibarra, estante en esta ciudad de Sevilla y yo Jacome Luis, piloto de Su Majestad, vecino de esta dicha ciudad en la collación de la Magdalena, como sus fiadores y principales pagadores y obligados y sin que contra el dicho Bartolomé de Ynsaurraga ni contra sus bienes ni contra otra persona alguna sea hecha ni se haga excursión ni diligencia alguna de hecho ni de derecho la cual y el beneficio de ella expresamente renunciamos nos todos tres los sobredichos de mancomún y a voz de uno y cada uno de nos por el todo, renunciando la ley de duobus rex debendi y el auténtica presente de fide yusoribus y el beneficio de la división y las otras leyes y derechos que hablan en razón de los que se obligan de mancomún, otorgamos a vos los muy magníficos señores jueces y oficiales de la Casa de la Contratación de las Indias de esta ciudad de Sevilla que estáis ausentes bien así como si fueseis presentes y decimos que por cuanto a mi el dicho maestre se me ha de entregar el dicho navío nombrado la Concepción, con su batel y aparejos, artillería y munición y todo lo demás a él anexos pertenecientes, y asimismo se me han de entregar los bastimentos que fueren menester para la gente que ha de ir en la dicha nao y otras ciertas mercaderías y cosas que lleve en ella a las dichas provincias del Río de la Plata, por ende nos todos los sobredichos de mancomún como dicho es nos obligamos que yo el dicho maestre daré buena cuenta y razón con pago cierto y leal y verdadero a vos los dichos señores jueces oficiales y a quien en derecho la haya de dar de la dicha nao de suso contenida y de todo lo demás que así se e entregare que lleve en ella cada y cuando que me sea pedida y demandada y asimismo, daré buena cuenta y razón con pago de todo lo que en la dicha provincia del Río de la Plata se me entregare para que traiga a estos reinos de España de tornaviaje. Y así no lo hiciere y cumpliere que en este caso nos, todos los sobredichos, seamos obligados y nos obligamos de dar y pagar todo aquello que a mi el dicho maestre se me entregare y yo dejare de entregar según Pareciere por la copia y registro que de ello hiciere…
En el oficio de mí el escribano público yuso escrito, lunes, diez días del mes de junio año del nacimiento de nuestro salvador Jesucristo de mil y quinientos y cincuenta y cinco años y los dichos Bartolomé de Ynsaurraga y Cristóbal Pérez de Ybarra y Jacome Luis lo firmaron de sus nombres, a los cuales yo Diego de Portes, escribano público de (sic) doy fe que conozco…
(Archivo de Protocolos de Sevilla, oficio 17, leg. 10.568).
ESTEBAN MIRA CABALLOS

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