Esteban Mira Caballos

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UN RAYO ARRUINÓ LA TORRE DE LA PARROQUIA DE LOS SANTOS DE MAIMONA, UN 29 DE ENERO DE 1679

17:54 por administrador1 Dejar un comentario

En los archivos uno se encuentra todo tipo de curiosidades, como esta anécdota, sin víctimas mortales, ocurrida en la villa badajocense de Los Santos de Maimona, un 29 de enero de 1679, en torno a las 19 horas. Este tipo de situaciones no era infrecuente, pues en el pasado, las veletas de las torres de las iglesias hacían de pararrayos.

Hay detalles curiosos, como cuando dice que Dios tuvo servido de (a)parecer en rayo en la dicha iglesia parroquial. Se explica por la religiosidad de la época y teniendo en cuenta que el otorgante es el presbítero y mayordomo de la iglesia parroquial, don pedro de Luna y Casas. El rayo había destruido el chapitel, y la caja del reloj y había ido a dar al arco toral donde estaba el coro alto de la clerecía. Por ello, la iglesia se llovía y si no se reparaba amenazaba con entrar en ruina.

Pero declaran que el pueblo está empobrecido, la iglesia no dispone de rentas y el concejo tenía las rentas embargadas por la chancillería de Granada. Por ello, dado que no disponen de rentas, el presbítero y mayordomo otorgó un poder el 14 de junio de 1679 a don pedro de Eslava y Casas, vecino de Madrid, para que solicitase al consejo de las órdenes que sufragase los reparos.

No aporta mucho más el documento, más allá de esta anécdota ocurrida en Los Santos en un frío mes de enero de 1679.

Apéndice

Poder, otorgado por Pedro de Luna, Los Santos, 14 de junio de 1679.

En la villa de los Santos, en catorce días del mes de junio de mil y seiscientos y setenta y nueve años, ante mi el escribano y testigos, pareció don Pedro de Luna y Casas, presbítero comisario del Santo Oficio de la Inquisición y mayordomo de la iglesia parroquia de esta dicha villa, nombrado por el cabildo de ella de que de fe el dicho y que ejerza dicha mayordomía.

Y dijo que, como es notorio, el día veintinueve de enero pasado, a horas de la siete de la noche poco más o menos, fue Dios servido de parecer en rayo en la dicha iglesia parroquial de que entró por el chapitel de la torre que es alto y de espejuelos, que allanando la mayor parte de él por la veleta y arpón que está en lo alto, y derribando la caja del reloj, dio en el arco petoral (sic) que es donde estriba y está fundado el coro alto de la clerecía y el que sustenta y fortalece la torre y dicha iglesia que es de cantería. Y de él saco dos piedras grandes que cayeron en el suelo dejando la torre e iglesia muy mal tratada y que está amenazando ruina. Así por haber maltratado dicha torre y arco petoral (sic) como por dicho chapitel, por estar como está descubierto y arruinado y demolido, se entra toda el agua llovediza, moviendo las paredes y bóvedas de dicha iglesia.

Y por hallarse dicha iglesia parroquial sin rentas y medios para poder fabricar dicha obra porque las que tiene tan solamente no pueden cumplir a pagar los salarios de sacristanes, monaguillos y otras muchas cosas que son necesarias para el culto divino, ni tampoco esta dicha villa no le puede acudir en cosa alguna por hallarse los vecinos pobres y aniquilados por la carestía de los tiempos y guerra de Portugal y su concejo estar pobre por estar sus bienes y rentas embargados por la Real Chancillería de Granada… Por lo cual, para que dicha iglesia se repare y no venga en mayor ruina, otorgo que daba y dio todo su poder cumplido el que de derecho se requiere y es necesario a don Pedro de Eslava y Casas, presbítero, residente en la villa de Madrid, para que en su nombre parezca ante su Majestad y señores de su real Consejo de las órdenes y a donde mas convenga y sea necesario. Y pida de limosna, o por obligación, del comendador de esta dicha villa o como más haya lugar se le dé lo necesario para la dicha fábrica y reparos de ella.

Para lo cual pueda presentar cualesquiera memoriales, pedimentos, peticiones, informaciones requerimientos, protestaciones generales, provisiones las estime y pida su cumplimiento en el poder que para todo lo suso dicho casa y parte se requiere… Siendo testigos, el licenciado Alonso Sánchez de Aguilar, presbítero, y Francisco Martín Silvestre, clérigo de evangelio, y Miguel de Mesa, vecinos de esta dicha villa. Y el otorgante, a quien yo el escribano declaro conocer, lo firmó: don Pedro de Luna y Casas.

(AMZ, protocolos de Los Santos, Juan de Goitia, 1679, fols. 81r-82r).

    

Archivado en:Historia de España Etiquetado con:29 de enero de 1679, Los Santos de Maimona, Un rayo

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